El pasado 3 de febrero, la Asamblea Nacional aprobó la reforma de la Ley de Impuesto a Grandes Transacciones Financieras, esto quiere decir que aquellas personas que paguen productos y servicios con divisas o criptomonedas -salvo el petro- deberán cobrar una alícuota del 3% al monto adicional, independientemente que sean personas naturales o jurídicas.
Han surgido muchas dudas, sobre la aplicación del mismo, por ello a continuación te dejamos el link donde se resume y aclara sobre la aplicación de este Impuesto.
Mas info: https://acortar.link/Hxfs0N